Como hemos informado, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el día 24 de abril de 2019, la Ley N° 30933 – Ley que regula el Procedimiento Especial de Desalojo con intervención Notarial (en adelante, la “Ley”). Así, se ha establecido y regulado un Procedimiento Especial de Desalojo mediante la intervención de un Notario (para la constatación de las causales de Desalojo) y un Juez de Paz Letrado (para ordenar y ejecutar el lanzamiento), al que pueden acogerse el propietario, el arrendador, el administrador y todo aquel que considere tener derecho a la restitución de un bien inmueble, contra el arrendatario que se ha sometido expresamente a este procedimiento.