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SUNAT REGULA DECLARACIÓN DE INVOLUCRADOS EN EL DISEÑO DE ESTRUCTURA FISCALIZADA Y FORMACIÓN DEL COMITÉ REVISOR
01/08/2019 I ALERTA LEGAL No. 13 – Tributario -

Con fecha 31 de julio de 2019 se han publicado las Resoluciones de Superintendencia Nos. 152-2019/SUNAT y 153-2019/SUNAT, mediante las cuales la SUNAT da un paso más en la implementación legal para la aplicación de la Normas XVI del Título Preliminar del Código Tributario (Cláusula Antielusiva General):

Resolución de Superintendencia Nos. 152-2019/SUNAT

Mediante esta resolución, la SUNAT aprueba el formato “Declaración de Datos a que se refiere el artículo 62-C del Código Tributario”, documento que deberá ser presentado por el sujeto fiscalizado y en el que deberá identificar a las personas (gerentes, directores, socios, asesores, administrador, contador, abogado, cónyuge, titular, representante legal y otros) que se hayan encontrado involucrados en el diseño o aprobación o ejecución de los actos, situaciones o relaciones económicas materia del informe emitido en el procedimiento de fiscalización y que será enviado al Comité Revisor y emitan una opinión inimpugnable respecto a la existencia o no de elementos suficientes para que se aplique la Norma XVI en el procedimiento de fiscalización.

Resolución de Superintendencia Nos. 153-2019/SUNAT

Mediante esta resolución, la SUNAT aprueba la implementación, organización y funcionamiento del Comité Revisor, ente de la SUNAT que será el encargado de emitir opinión inimpugnable respecto a la existencia o no de elementos suficientes para que se aplique la Norma XVI en el procedimiento de fiscalización.


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Percy Castle
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Raúl Odría
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Antonella Ghisleri
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