EN
redes sociales
redes sociales
redes sociales
redes sociales
LEY QUE CREA EL BONO DE ARRENDAMIENTO PARA VIVIENDA
03/06/2019 I ALERTA LEGAL Alerta Legal No. 10 – Inmobiliario -

El 30 de mayo de 2019, se publicó en el diario oficial El Peruano, la Ley Nº 30952 que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda, mediante el cual se brindará un subsidio para el arriendo de viviendas y la generación de ahorro que permita el acceso a las mismas, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Sea parte de un grupo familiar o grupo conformado mínimo por dos personas no dependientes, de nacionalidad peruana.
  2. Tener entre 18 y 40 años de edad, además, de ser personas de escasos recursos económicos.
  3. No ser propietario ni copropietario de vivienda, terreno o aires independizados para vivienda; y.
  4. No encontrarse postulando a otro programa de apoyo habitacional y no haber sido beneficiario de alguno de estos en cualquiera de sus modalidades.

En ese sentido, la norma prevé que un porcentaje del Bono de Arrendamiento para vivienda sea destinado para cubrir el pago del arriendo de la vivienda; mientras que el porcentaje restante será destinado al aporte del ahorro orientado al pago de la cuota inicial para la adquisición de una vivienda, ya sea en el marco del programa Techo Propio o el crédito Mi Vivienda.

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

Jonathan Thorne
Asociado
jthorne@casahierroabogados.com.pe

Mayra Rojas
Asociada
mrojas@casahierroabogados.com.pe

Si desea mayor información, por favor contáctenos:

Regresar